SOCIEDAD

Plan Empleo Joven

Una oportunidad para que diez mil vecinos/as ingresen al mercado laboral en 2023

 

La iniciativa del GCBA está dedicada a los jóvenes de 18 a 24 años, y promueve  la contratación de los miembros de este grupo etario, que enfrenta  grandes inconvenientes a la hora de  obtener un trabajo. Una manera de impulsar  más y mejores posibilidades, con el objetivo preciso de  disminuir la tasa de desempleo.

El Plan Empleo Joven, a cargo del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción de la Ciudad, propone una contribución económica mensual para sostener por un período de doce meses, exclusiva y parcialmente, el pago del salario de los chicos y chicas que logren una vacante  laboral.

Por su parte, el empleador, se comprometerá a abonar la diferencia hasta totalizar el monto salarial acordado.

A través de www.empleojovenba.com.ar, los jóvenes van a poder cargar sus datos personales y completar la  inscripción.

Las empresas ampliarán información acerca del Plan, y también, van a poder descubrir los perfiles que más se ajusten sus necesidades.

El Dato

Resulta  fundamental para la marcha de la propuesta del Gobierno Porteño, la estrecha colaboración público/privada. Con tal motivo, la CABA genera acuerdos con empresas, organizaciones, cámaras y sindicatos, de manera de propiciar la igualdad de oportunidades. Los jóvenes podrán convertirse en beneficiarios por medio de sus empleadores, quienes deberán  adherirlos al Plan Empleo Joven,  dentro de los veinte días corridos a partir de  la fecha que marque el inicio de la relación laboral.

La asistencia económica se abonará por transferencia bancaria a la cuenta personal del trabajador  abierta en el Banco Ciudad.

Se trata de un valor determinado sobre la base de distintos indicadores, como la cantidad de horas trabajadas-media jornada o jornada completa-, el género y el lugar de residencia. El monto máximo será de $42.240, el que será ajustado  de acuerdo con las variaciones del salario mínimo, vital y móvil.

¿Cuáles son los requisitos para la inscripción de los jóvenes?

-Tener entre 18 y 24 años.
-Acreditar residencia en el territorio de la Ciudad de Buenos Aires.
-Estar  desempleados o con un empleo informal, previamente a ser incluidos a través del pedido de  adhesión al Plan.

Quienes no podrán aplicar:

Todos aquellos que hayan tenido un vínculo formal previo, durante los últimos seis meses con el mismo empleador que presenta la solicitud de adhesión al Plan de Empleo Joven.
Cuya remuneración bruta mensual supere cuatro veces al salario mínimo, vital y móvil vigente.

Las condiciones para los empleadores

Para que se comprenda bien, la adhesión de los jóvenes al Plan, tendrá  que ser solicitada por los empleadores desde la Plataforma “Trámites a Distancia, TAD, del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Detalle de los requisitos:

-Poseer domicilio legal, fiscal o de explotación en el ámbito de la Ciudad.
-No haber realizado despidos sin causa de su planta de trabajadores durante los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud de adhesión al Plan, en una cantidad que supere el quince por ciento de su nómina.
No contar con incumplimientos en cuanto a las obligaciones correspondientes a los aportes y contribuciones del Sistema Único de la Seguridad Social, con relación al personal a cargo, al mes inmediato anterior a la presentación de solicitud de adhesión al Plan.

Obligaciones del empleador

Al contratar un joven de 18 a 24 años, tendrá un plazo de veinte días corridos contados desde la fecha comienzo de la relación laboral para adherirlo al Plan y lograr el beneficio.

Con la solicitud aprobada, deberá cumplir con los siguientes requerimientos:

-Abonar al trabajador la diferencia entre el monto que brinda la Ciudad y la remuneración acordada entre las partes.

En ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo, vital y móvil o a la normativa laboral establecida para el puesto de trabajo, de acuerdo con el convenio colectivo vigente de la actividad que se trate.
-Cumplimentar los aportes y contribuciones pertenecientes a la seguridad social, sobre el 100% del salario.
-Cumplir con la normativa laboral vigente, alta temprana/ART, entre otras.
-Expresar mensualmente, a partir del mes siguiente a la aprobación de la inclusión del trabajador al Plan, en carácter de declaración jurada, su continuidad y/o baja.

 

www.empleojovenba.com.ar

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