jueves, noviembre 5, 2026
CIUDAD

Nuevo Código Contravencional: la Ciudad agrava los castigos, agrega faltas y penaliza con severidad la reincidencia

La reforma impulsada por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Código Contravencional determina, entre otras medidas,  multas de más de $ 7 millones por conducir alcoholizado, de hasta $58 millones por ejercer la venta ilegal en el ámbito del espacio público y de hasta noventa días de detención para cuidadores de automóviles reincidentes.

El nuevo Código Contravencional Porteño, asimismo, incorpora sanciones por el acoso callejero, las estafas digitales y por la elaboración de materiales dedicados a generar disturbios.

Cabe destacar que con el objetivo de avanzar en torno a las modificaciones mencionadas, el Jefe de Gobierno, Jorge Macri,  envió hoy a la Legislatura Porteña, un proyecto destinado a la  reforma total del Código Contravencional, Ley 1.472 y de la Ley de Procedimiento Contravencional, Ley 12. 

 

A propósito de los fundamentos de los cambios realizados, Jorge Macri, puntualizó: “No hay Ciudad para los porteños de bien si el Estado se arrodilla frente a las mafias y los violentos…Con este nuevo Código que presentamos endurecemos las penas, agravamos la reincidencia y hacemos que el que rompe la ley pague las consecuencias de sus actos”.

 

¿Cuándo nos referimos a las contravenciones…De qué estamos hablando?

Se trata de conductas que alteran la vida en sociedad, como por ejemplo: las faltas de tránsito, los ruidos molestos o el acoso callejero. Son sancionadas fundamentalmente a través de  multas, tareas comunitarias o días de arresto, a diferencia de un delito que entraña  una falta grave en perjuicio de  la vida, la integridad o la propiedad.  

La iniciativa del GCBA prevé el aumento de  las multas, la realización de trabajos de utilidad comunitaria, más días de detención y desde la ampliación de las herramientas habilitadas para garantizar el cumplimiento de las sanciones.

Además, incorpora nuevas faltas vinculadas con la convivencia urbana y la protección digital. La decisión tomada tiene que ver con el endurecimiento de  las penas en la gran mayoría de las contravenciones que se encuentran incluidas en el Código.

En otro tramo del discurso, destinado a anunciar la modificación del Código Contravencional de la Ciudad y a sus alcances, Jorge Macri, precisó:  “Al delincuente menor de edad que rompe la ley sabiendo que no va a tener consecuencias; al que acosa, sigue o acecha a una persona en la calle; al estafador que se hace pasar por un banco para engañar a alguien y robarle sus datos; al puntero que financia agrupaciones violentas; al delincuente que lleva una bomba molotov a una manifestación: a todos ellos, bajo mi gestión, se les terminó la impunidad”.

Las modificaciones abarcan también a los adolescentes de entre 14 a 17 años, al adaptar la normativa local a la Ley Nacional de Justicia Penal Juvenil, en vigencia a partir del  mes pasado.

El proyecto porteño aumenta las puniciones accesorias en el contexto de los eventos masivos-partidos de fútbol, recitales-, en el tránsito, las apuestas y con respecto a la  protección animal.

La reforma elimina la condena en suspenso y, en el caso de los adultos, aparta la suspensión del proceso a prueba como una solución alternativa.

El plazo general de prescripción de la acción continuará  en dos años. Para los adolescentes se mantendrá  la probation, sujeta al cumplimiento de las reglas de conducta, reparación del daño y la continuidad escolar.

Algunos Ejemplos de los cambios introducidos al Código Contravencional por el Ejecutivo de la CABA:

Ruidos Molestos: escuchar música a todo volumen en áreas comunes de edificios, se incrementan los días de tareas de utilidad pública-actualmente de 1 a 5, pasan de 3 a 15-. Las multas de 100 UF-$117.308- pasan a 600 UF máximo-$703.848-, y se incorpora la alternativa de hasta diez  días de arresto. Una Unidad Fija, es equiparable a $1.173,08.

Por Conducir Alcoholizado, en la actualidad, existen multas de 300 a 2.000 UF-$350.000 a $2.350.000-, y de 1 a 10 días de detención,  más inhabilitación de 4 meses a 2 años de la licencia.

Esta medida  pasa a 1.000 a 6.000 UF-más de $7.000.000-. Abarca el arresto de 5 a 30 días y que aumenta de 6 meses a 4 años la inhabilitación de la licencia.

Por Actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público-manteros-, las multas  pueden llegar hasta 50.000 UF-$58.654.000-. Hoy en día, el monto máximo es menor a $15 millones.

¿Acerca de los reincidentes? Aumentan las sanciones y ahora se considerará reincidentes a quienes tengan la costumbre de cometer faltas similares, y no tiene por qué ser la misma, en el ámbito del espacio público. El proyecto prevé la confección de un Registro de Reincidentes en Contravenciones en el Espacio Público. 

Y los reincidentes no cumplirán arresto domiciliario, salvo excepciones bien fundamentadas.

Se dispone el endurecimiento de la pena en un 50% para la primera reincidencia, un 66,6% para la segunda y un 100% -el doble-, para la tercera, con algunos agravantes, como: para los trapitos que extorsionan a los automovilistas para estacionar en las calles aumentarían los días de arresto de 60 hasta 90 en caso de reincidencia.

La reforma planteada por la Gestión que encabeza Jorge Macri, implica un cambio estructural en lo que se refiere a los adolescentes.

En la actualidad,  en la regla general, los menores de 18 años no son punibles contravencionalmente, salvo excepciones relacionadas  con el tránsito.

El proyecto no transfiere a los adolescentes el esquema sancionatorio de los adultos: establece la imputabilidad desde los 14 años, pero los jóvenes  no pueden ser detenidos y deberán disponer de una defensa especializada.

Por si quedara alguna duda: los adolescentes podrán ser responsabilizados por las contravenciones incluidas  en el Código, pero a través de un régimen diferenciado enfocado en la responsabilidad, la educación, la integración social y el interés de los chicos y de las chicas.

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